El Ayuntamiento de Gilbuena ha aprobado la implantación de la Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales, en la que se establecen normas que buscan favorecer el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, a la vez que posibiliten el buen uso y disfrute de los bienes del término municipal.
También tiene como objetivo, según ha explicado el alcalde, el socialista Iván Díaz, la conservación y protección de todas las instalaciones y elementos que forman parte del patrimonio urbanístico de Gilbuena, tanto públicos como privados, frente a las agresiones, alteraciones y usos ilícitos que puedan ser objeto, determinando que el responsable del deterioro de los bienes públicos queda obligado a su resarcimiento.
El alcalde, en un comunicado de prensa, ha destacado que la ordenanza dedica un capítulo a la limpieza de espacios públicos y privados, por ejemplo, obligando a los titulares de bares y cafeterías que los clientes consuman bebidas y alimentos en el exterior del local, haciéndose responsables de la recogida de los residuos, mientras que los contratistas de obras menores en las edificaciones privadas no podrán depositar los escombros en la vía pública.
La ordenanza municipal prohíbe igualmente depositar escombros en espacios públicos, vías y/o caminos públicos que deterioren la naturaleza de los mismos; depositar enseres domésticos en el Punto Limpio fuera de los días establecidos por el Ayuntamiento; y depositar escombros, vidrio, plástico, restos vegetales y otros elementos no considerados enseres domésticos en el Punto Limpio.
Junto a ello, los propietarios de inmuebles y solares y las entidades que tengan asumido el mantenimiento conservación del viario estarán obligadas la limpieza de los espacios libres de propiedad privada; la limpieza de solares y espacios ajardinados privados incluyendo la eliminación de elementos vegetales secos que puedan generar riesgo de incendios; y la limpieza de fincas rústicas ubicadas en un radio de al menos 50 metros, limítrofes con el casco urbano de Gilbuena, medidas todas ellas de prevención de incendios, según el alcalde.
Las infracciones a esta ordenanzas tendrán la consideración de muy grave, graves o leves y serán responsables directos sus autores materiales, excepto en los supuestos en que sean menores de edad o concurra en ellos alguna causa legal de imputabilidad, en cuyo caso responderán por ellos los padres o quienes tengan la custodia legal.
En cuanto a las multas contempladas en la ordenanza, las infracciones leves, serán sancionadas con multa de 30 euros hasta 100 euros; las infracciones graves, con multa de 100,01 euros hasta 500 euros; y las infracciones muy graves, con multa de 500,01 euros hasta 1.000 euros.