Choque de criterios en la judicatura. El Pleno del Tribunal Constitucional, con los votos de la mayoría progresista, dio amparo ayer al coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, al revocar, por siete votos a cuatro, la sentencia del Supremo que obligaba a la Audiencia Nacional a repetir el juicio del llamado caso Bateragune, cuya condena ya cumplió el líder abertzale por intentar refundir la desaparecida Batasuna,
Es la segunda vez en 24 horas que el Constitucional enmienda al Supremo, después de que el pasado martes anulase la inhabilitación del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, condenado por dar una patada a un policía durante una manifestación.
Después de un tenso debate, donde ni siquiera el sector progresista mantuvo una postura totalmente homogénea, el Constitucional favoreció al representante independentista al considerar que repetir el juicio por el caso Bateragune vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva del dirigente vasco al infringir el principio de non bis in ídem, que prohíbe juzgar dos veces a una misma persona por los mismos hechos.
«Pierden los enemigos de la paz y gana Euskal Herria. El tiempo pone en ocasiones las cosas en su sitio», señaló el dirigente abertzale en la red social X, adjuntando una fotografía de la notificación de esa sentencia en la que escribió con un bolígrafo: «Bake bidetik, independentzia! Sozialismoa! Irabaziko dugu! (Por la vía de la paz, independencia, socialismo, ganaremos).
Sobre esta polémica decisión, fuentes de la magistratura precisaron que se dictarán tres votos particulares -explicando las razones por las que los firmantes se opusieron al fallo- y cuatro votos concurrentes, que recogerán las discrepancias de algunos magistrados con la redacción de la sentencia, a pesar de que están de acuerdo con el fondo de la misma.
El Pleno avaló así la ponencia redactada por el magistrado progresista Juan Carlos Campo, que proponía amparar al líder de Bildu al entender que volver a sentarle en el banquillo supondría una vulneración de derechos.
Podrá pedir indemnización
Esta decisión abre la puerta a que Otegi pueda reclamar una indemnización al Estado al declarar vulnerados sus derechos fundamentales.
La Corte de Garantías ha estimado su recurso de amparo contra la decisión que el Tribunal Supremo adoptó en 2020 de anular la sentencia dictada en 2012 por la Audiencia Nacional -que condenó a Otegi y los demás acusados a seis años de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista- y ordenó celebrar un nuevo juicio.
El Supremo siguió el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que fijó que el juicio de la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías. Al ordenar repetir el procedimiento, el líder de Bildu recurrió al Constitucional.