La ex cuidadora y empleada del hogar de un matrimonio de personas mayores acusada de estafa negó los hechos al asegurar que las retiradas de efectivo realizadas con la tarjeta o la libreta de la pareja estaban autorizadas por la mujer, para lo que le facilitaba tanto los documentos bancarios como el pin, que apuntaba en un papel. La versión de la acusada, de iniciales M. L. G., difirió por completo de la aportada por la denunciante, quien aseguró que nunca le encomendó esa tarea, que era ella quien sacaba el dinero y que la empleada solo le acompañaba al cajero, momento en el que pudo hacerse con el pin para luego hacer los reintegros sin su consentimiento ni conocimiento. Esto, determinar si la acusada tenía permiso o no para hacer las decenas de disposiciones de efectivo entre agosto del año 2021 y octubre del 2022, es la clave del juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Ávila, el cual quedó visto para sentencia después de resolver las cuestiones previas, escuchar a una decena de testigos y presentarse las conclusiones definitivas y los informes de las partes.
El fiscal elevó sus conclusiones provisionales a definitivas, calificando los hechos como constitutivos de un delito de estafa y manteniendo la petición de pena de cinco años de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y diez meses de multa con una cuota diaria de diez euros, responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago, abono de las costas y una responsabilidad civil de 86.400 euros (más intereses legales), la cantidad que se estima defraudada. Así, consideró probado el «carácter fraudulento de las disposiciones», por la declaración de la propia afectada, el hecho de que hubiera varias series de reintegros seguidos y ver un gasto «por encima de la capacidad económica» del matrimonio. Además, entendió como «razonables» los criterios que empleó la hija de la víctima para cribar las disposiciones de efectivo que habría hecho su madre y las fraudulentas –el horario, la ubicación de los cajeros y el tiempo entre unos y otros–, aunque admitió que era «posible» que pudiera haber algún error.
La acusación particular también mantuvo las peticiones por un delito «de estafa agravada», en su caso las de 6 años de prisión y multa de 20 meses, en atención a la especial gravedad e importe defraudado, al quebranto económico a las víctimas y al abuso de su relación personal, además de la condena en costas y la indemnización por 86.400 euros. La acusación añadió la petición de prohibición de acercarse a menos de 300 metros y de comunicarse con las víctimas durante cinco años tras la hipotética condena. La acusación particular añadió otros «indicios» de culpabilidad, como «las disposiciones múltiples de efectivo, algunas cuádruples» hasta superar las 150, la grabación «en la que se ve a la acusada en el cajero» y la correspondencia de los reintegros «con la asistencia certificada al bingo», lo que «está fuera de la capacidad económica de una persona que cobra 1.200 euros al mes», dijo. También aseguró que la acusada «reconoció» los hechos cuando fue despedida y no tenía explicación a esa situación, insistiendo en que todo se vio agravado «por la relación personal» que mantenían.
La defensa, por su parte, mantuvo su petición de absolución con todos los pronunciamientos favorables al entender que no era autora de ningún hecho ilícito penal. En las conclusiones finales añadió que la acusada no llevó a cabo las retiradas de efectivo que se denuncian e incorporó, subsidiariamente en el caso de desestimar la absolución, el atenuante de la ludopatía. En su informe final reprochó que se le quiera condenar a «5 o 6 años» en base a «hechos posibles, suposiciones o conjeturas», dijo en relación a varias disposiciones de efectivo que se denuncian y estarían en duda. Además, aludió a las comunicaciones del banco de que «no había tarjetas ni libretas duplicadas» y remarcó que no hay pruebas de 150 disposiciones sin autorización, aunque si se entiende que sí, pidió considerar la atenuante.
El juicio arrancó con la declaración de la acusada, que insistió en que «nunca hice disposiciones por cuenta y que siempre fue con permiso de la mujer, que me daba la tarjeta y el pin para que luego fuera a la compra. Ella venía a veces a sacar dinero conmigo y otras veces me lo mandaba a mi», indicó, para añadir que les quería. "Si estoy trabajando y tengo confianza, ¿cómo les voy a robar?". La denunciante rechazó esta versión y aseguró que nunca le dio ni la tarjeta ni el pin y que, pasado un tiempo, echó en falta una de las dos libretas que tenía y que había disposiciones de efectivo repetidas. Se lo comentó a su hija y al principio pensó en que «era un error del banco, pero mi hija acababa de tener un bebé y se había roto un tobillo y se tardó en comprobar». Cuando fueron al banco les dijeron que no era un error y fueron a comisaría a denunciar», de manera que «fue la Policía quienes nos abrió los ojos» porque ella «confiaba» en la empleada, hasta el punto de «dejarle el coche, darle propina y hacerle regalos». Además, insistió en que ella siempre sacaba dinero en los cajeros de Padre Victoriano y el Mercado Grande y entre las 10,30 y las 12,30 horas», existiendo numerosas disposiciones fuera de esas pautas», señaló.