El Consejo de la Abogacía de Castilla y León emitió una resolución por la que se anula el acuerdo aprobado por el Colegio de Abogados de Ávila el pasado mes de diciembre y en el que se reflejaba su «enorme preocupación con el contenido de la Ley de Amnistía que se está tramitando en las Cortes Generales». En aquel momento, a finales de diciembre, se destacaba que el colegio de Ávila era el primero en todo el país que se 'plantaba' contra la Ley de Amnistía y se comprometía a estudiar acciones para defender el estado de Derecho.
Sin embargo, este paso queda ahora anulado, después de que el Consejo de la Abogacía de Castilla yLeón estimara el recurso de alzada interpuesto por un abogado contra ese acuerdo, comunicándolo además «a todos los colegiados a fin de que puedan usar sus derechos».
Esta decisión, señala la resolución, es «definitiva en la vía administrativa», aunque queda la posibilidad de poder interponer en el plazo de dos meses un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ávila.
El Consejo analizó el recurso presentado y estableció una serie de fundamentos de derecho para tomar la resolución. En este sentido, se señala que fue el 20 de diciembre de 2023, «previa convocatoria en legal forma», cuando se aprobó el manifiesto con 40 votos de abogados ejercientes a favor, once en contra y dos en blanco. También hubo votos a favor de tres abogados no ejercientes, sin votos en contra o en blanco en este caso.
Tras esta decisión un abogado interpuso el recurso que ahora se estima, manifestando que «el texto es calco del aprobado por la Junta de Gobierno del Colegio de Madrid, entendiendo que el mismo excede de las funciones propias de la Corporación de la Abogacía». También entendía que vulneraba «el principio de neutralidad institucional y pleno respeto a la pluraridad política», por lo que solicitaba la anulación del acuerdo.
Con esta base, el Consejo de la Abogacía de Castilla y León estableció una serie de fundamentos para su decisión, teniendo en cuenta que cuando la colegiación de profesionales es obligatoria, como es el caso, la corporación profesional no puede asumir colectivamente las libertades fundamentales de ideología, expresión, asociación y participación política que son de ejercicio individual. Se entiende que la libertad ideológica y de expresión son libertades «claramente personales», que «no pueden ser ejercitadas de forma representativa por una corporación profesional», que además es de «afiliación obligatoria».
Se trata, añaden, de un «acuerdo de naturaleza estrictamente política que trata de cuestiones muy controvertidas, generador de discrepancias, tanto en la sociedad como entre los propios colegiados» y que «se sitúa fuera de la neutralidad que debe presidir la actuación del Colegio de Abogados».
qué se anula. El acuerdo ahora anulado y que en su día fue aprobado por la mayoría de los abogados presentes en la asamblea señalaba «enorme preocupación» por el contenido de la Ley de Amnistía que se estaba tramitando en las Cortes Generales aunque, matizaba, «desde la absoluta neutralidad institucional y pleno respeto a la pluralidad política». En es ese sentido el texto señalaba que «la conformación de mayorías parlamentarias ha de estar supeditada siempre al principio de legalidad constitucional» y que «la separación de poderes, fundamento del Estado democrático y sus mecanismos de control y contrapeso, imponen el pleno respeto y acatamiento a los tribunales de justicia y su función jurisdiccional».
Añadía también que «el uso del término lawfare (instrumentación de la justicia con fines políticos) referido a los juzgados y tribunales no tiene cabida en un Estado Democrático. En consecuencia es inaceptable la creación de comisiones parlamentarias de investigación que fiscalicen la actuación jurisdiccional».
En los últimos puntos se incidía en que «la sumisión de los jueces a la ley y la independencia judicial constituyen un presupuesto de Estado de Derecho, que debe ser respetado y acatado por todos los actores políticos y privados, lo que exige un llamamiento a la responsabilidad». Y también en que «la Constitución Española y el Tratado de la Unión Europea rigen toda actuación, incluyendo la de los partidos políticos, debiendo no solo ser asumidos y aplicados, sino también defendidos por todos los poderes del Estado y de la sociedad Civil».
Por todo ello, en aquel momento el Colegio de Abogados de Ávila señalaba que estudiaría «ejercitar cuantas acciones sean procedentes en defensa del Estado de Derecho y la separación de poderes».