En un plazo máximo de dos meses, muy posiblemente antes de ese horizonte temporal, entrará en vigor en la ciudad de Ávila la nueva Ordenanza de Circulación de Vehículos, que sustituirá a la anterior que data de hace 14 años -fue aprobada en el año 2010-. Su principal novedad es que pasa a regular el uso de los comúnmente llamados patinetes eléctricos cuyo nombre oficial es el de Vehículos de Movilidad Personal (VPM), que hasta ahora circulan libre y en el algunos casos caóticamente por la ciudad, compartiendo calzada con otros vehículos sin que ni unos ni otros tengan claro cuáles son las normas que deben cumplir los patinetes, que ante ese vacío legal también conviven en las aceras y zonas peatonales con los viandantes, que en muchos casos ven invadido su espacio por un tipo de vehículo cuya normativa de circulación es una competencia municipal, de ahí que Ávila esté a punto de sumarse a a otros ayuntamientos españoles que ya han regulado el uso de los VMP en su término municipal.
Una vez que la nueva ordenanza entre en vigor a los 15 días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, después de aprobarse por unanimidad en el Pleno del pasado viernes, los usuarios de los patinetes eléctricos, igual que los del resto de vehículos que circulen por la ciudad y sus barrios anexionados, tienen que cumplir una serie de normas básicas cuyo incumplimiento llevará consigo sanciones económicas que van de los 80 euros en adelante, en función del tipo de infracción.
En lo relativo a la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal, la primera de las normas es que «no podrán circular por las aceras o zonas peatonales y en ningún caso se permite que sean arrastrados por otros vehículos», según recoge la Ordenanza de Circulación. Tampoco pueden circular sobre el mobiliario urbano, «tales como bancos, barandillas o similares, ni por zonas ajardinadas», puntualiza.
Otra norma de obligado cumplimiento por los patinetes eléctricos es que les prohíbe circular con pasajero y que podrán circular «por la calzada o por los carriles bici», aunque considera «recomendable por seguridad circular por los carriles bici siempre que estén disponibles», cosa que hasta la fecha sí ocurre porque el carril bici urbano que discurre por el sur de la ciudad de Ávila siempre lo está. Otra consideración que deben tener en cuenta los usuarios de VMP es que en las calles de la ciudad con más de un carril por sentido de la circulación, lo harán preferentemente por el carril situado a la derecha.
Bajo estas premisas, la fotografía que ilustra estas líneas, una estampa habitual en Ávila y en otras ciudades en las que el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VPM) no está regulado, contendrá dos infracciones en cuanto la nueva ordenanza entre en vigor: está circulando por la acera y, además, el usuario del patinete no lleva casco, que es otra de las obligaciones que incorpora la nueva normativa, haciéndolo extensible no solo a los conductores sino también a los ocupantes de bicicletas y ciclos en general. La nueva ordenanza fija como «obligatorio» el uso del casco de protección para «los conductores de Vehículos de Movilidad Personal con carácter general».
estacionamiento. En cuanto al estacionamiento, tanto de bicicletas como de Vehículos de Movilidad Personal, la ordenanza de circulación recién aprobada establece que preferentemente deben aparcarse «en los lugares habilitados para este tipo de vehículos y de no existir, en los destinados a otros». Dado que hasta la fecha los aparcabicis son más bien escasos en la ciudad de Ávila y que la nueva normativa se refiere expresamente a ellos, haciéndolos extensivos a los patinetes eléctricos, el Ayuntamiento de Ávila debería plantearse la posibilidad de habilitar este tipo de espacios de estacionamiento. Además, la nueva ordenanza prohibe expresamente estacionar los VMP y las bicis «en los árboles y el mobiliario urbano, como farolas, semáforos, bancos, papeleras o similares».
Asimismo, la ordenanza establece que tanto los patinetes eléctricos como las bicicletas y los ciclos, cuando circulen entre la caída y la salida del sol y en condiciones de escasa visibilidad deberán disponer de alumbrado obligatorio. Además, «el conductor debe llevar colocada alguna prenda reflectante».
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