El Constitucional anula la condena de Zarrías por los ERE

Europa Press
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El Tribunal exonera parte la prevaricación de caso ERE al exconsejero y al exviceconsejero Lozano Peña y ordena a la Audiencia de Sevilla que dicte nuevas sentencias

El Tribunal Constitucional (TC) ha exonerado parte de la prevaricación por la que se condenó a nueve años de inhabilitación al exvicepresidente y exconsejero de Presidencia Gaspar Zarrías Arévalo y al exviceconsejero de Presidencia y exdirector general de Presupuestos de la Junta de Andalucía Vicente Lozano Peña por el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos con cargo a los fondos autonómicos.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press confirman que la mayoría del Pleno ha acordado estimar parcialmente los recursos de Zarrías y Lozano. Como en los casos anteriores de los 'ERE', ambas decisiones se han adoptado por siete votos a favor y cuatro en contra. Los cuatro magistrados del ala conservadora han anunciado que redactarán votos particulares.

En estos dos casos, el tribunal ha declarado vulnerado el derecho a la legalidad penal al entender que se aplicó de forma incorrecta el delito de prevaricación y ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte "un nuevo fallo respetuoso con los derechos fundamentales infringidos".

Fachada del Tribunal ConstitucionalFachada del Tribunal Constitucional - Foto: Eduardo Parra Europa Press

Según precisa el TC, la nueva sentencia de Zarrías deberá excluir los hechos relacionados con la aprobación de los anteproyectos de ley de Presupuestos y de las modificaciones presupuestarias amparadas por dicha ley en los años 2002 a 2009.

El tribunal avala la condena impuesta al exconsejero de Presidencia por las actuaciones realizadas en los años 2000, 2001 –que carecían de cobertura legal-- y 2004 –porque supuso una modificación presupuestaria por la que se incrementó el programa 3.2 H a pesar de que la concesión de ayudas sociolaborales no figuraba entre los fines del mencionado programa--.

En el caso de Lozano, también avala la condena impuesta por dicha modificación presupuestaria en 2004 y ordena que la nueva sentencia excluya los hechos relacionados con la aprobación de los anteproyectos de ley de Presupuestos y de las modificaciones presupuestarias amparadas por dicha ley en los años 2003 a 2009.

No ve prevaricación de 2002 a 2009

El Constitucional reitera --como ya fijó en resoluciones anteriores relativas a los 'ERE'-- que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutiva de un delito de prevaricación.

En las últimas semanas, el TC ha explicado las diferencias entre las actuaciones cometidas entre 2000 y 2001 y las relativas al periodo 2002 y 2009. A diferencia de las del primer tramo, las últimas contaron con el paraguas legal de los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos que se aprobaron en el Parlamento de Andalucía.

De momento, las sentencias del TC han supuesto la libertad de cinco ex altos cargos de la Junta: la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo --que ya gozaba del tercer grado penitenciario--; el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo; el exdirector del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar; el exconsejero de Empleo Antonio Rodríguez; y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.