La Fiscalía General del Estado calcula que 486 personas podrían beneficiarse de la ley de amnistía que esta semana ha entrado en vigor tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según informa el Ministerio Público, la norma podría afectar "aproximadamente" a 82 procedimientos penales que se encuentran actualmente en tramitación. Dichas causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.
Al hilo, matiza que es posible que no se pueda aplicar la amnistía en los 82 procedimientos porque hay causas con delitos que no se incluyen en la ley -como por ejemplo, delitos de odio-- en conjunto con otros que sí se contemplan en el texto legal.
En el Supremo consta la causa especial 20907/2017, conocida como la causa del procés, que incluye al expresidente catalán Carles Puigdemont y a los exconsejeros catalanes que fueron procesados en rebeldía. Esta causa abarca delitos de desobediencia y malversación.
Fuentes fiscales puntualizan que, aunque en el Supremo también está la causa por presunto terrorismo contra el propio Puigdemont y el diputado electo de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg, esta se enmarca --y contabiliza-- en el procedimiento que abrió la Audiencia Nacional en 2019 por los disturbios atribuidos a la plataforma independentista Tsunami Democràtic.
En la Audiencia Nacional se registra, a su vez, el procedimiento relativo a los Comités de Defensa de la República (CDR), procesados por delitos de organización terrorista, tenencia de explosivos y estragos.
Por su parte, en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña figuran dos procedimientos penales por delitos de desobediencia, prevaricación y malversación. Según las fuentes consultadas, una de ellas sería la causa contra la consejera catalana Natàlia Garriga, el exsecretario general de Vicepresidencia de la Generalitat Josep María Jové y el exsecretario de Hacienda del Govern Lluís Salvadó, que están a la espera de juicio por los preparativos del 1-O.
Barcelona acumula la mayoría de causas
Barcelona es la provincia con mayor número de causas, hasta 39, seguidas en la Audiencia Provincial y juzgados de instrucción y de lo penal de Barcelona ciudad, L'Hospitalet de Llobregat, Badalona, Martorell, Sant Feliú de Llobregat, El Prat de Llobregat, Vilanova y la Geltrú, Sabadell, Cerdanyola del Vallés, Mataró y Terrassa.
A continuación está Gerona, que tiene 19 procedimientos judiciales vinculados al procés en la Audiencia Provincial y juzgados de instrucción de Gerona ciudad, La Bisbal d'Empordà y Figueres.
En tercer lugar, según los datos recabados por la Fiscalía, se encuentra la provincia de Tarragona, con 12 causas en juzgados de instrucción y de lo penal de Tarragona ciudad, Reus, Tortosa y Valls.
Mientras que en la provincia de Lérida hay 7 causas entre juzgados de instrucción y de lo penal de Lérida ciudad y Solsona que podrían beneficiarse de la medida de gracia que perdona una década del proceso independentista catalán.
Los procesos judiciales abarcan delitos de malversación, desobediencia, cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, fraude en subvenciones, coacciones, falsedad documental y delito electoral, revelación de secretos, blanqueo, desórdenes públicos y daños, lesiones y contra la integridad moral, torturas y tratos degradantes, incitación al odio, injurias, ultrajes, abandono de servicio, resistencia, atentado, amenazas, grupo criminal, contra la seguridad vial, hurto o robo.
Una década del procés
Cabe recordar que la ley abarca actos cometidos entre noviembre de 2011 y noviembre de 2023, 1-O y 9-N incluidos. El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, aseguró públicamente que la norma ampararía a 372 personas, mientras que el colectivo de abogados Alerta Solidaria habla de 419.
La ley busca exonerar actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación --cuando no haya enriquecimiento-- en el marco del independentismo catalán. También amnistía el terrorismo atribuido al procés, "siempre y cuando" no se haya actuado "de forma manifiesta y con intención directa" de causar "violaciones graves de Derechos Humanos", como matar y torturar.
Perdona actos tipificados como tortura cuando "no superen un umbral mínimo de gravedad" y exculpa la traición cuando no se haya producido una "amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial" como fija la ONU.
Desde la publicación de la ley este martes, los jueces y tribunales disponen de dos meses para aplicarla. Eso sí, ese plazo se detendrá si se eleva una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).