La DANA que asoló hace ya casi mes y medio a la provincia de Valencia provocó una oleada de solidaridad y también un sentimiento de preocupación. Quizás, a raíz de esto, muchos españoles se hayan preguntado: '¿es posible que pueda ocurrir una catástrofe similar en mi ciudad?'.
En lo que a Ávila se refiere, el territorio pertenece, en su gran mayoría, a la Cuenca Hidrográfica del Duero (CHD), la de mayor superficie de toda la Península Ibérica (incluyendo Portugal) con 97.290 kilómetros cuadrados. Con una extensión tan grande, existe una alta probabilidad de que cuente con zonas en riesgo de inundación y algunas de ellas se encuentran en nuestra provincia. Según el documento de revisión y actualización de los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación que la CHD publicó en julio de 2019, en el territorio abulense había 14 zonas y 22,17 kilómetros inundables. De ellos, 7,56 kilómetros se encuentran dentro del término municipal de la capital y se corresponden con dos áreas muy específicas: el tramo entre el parque de El Soto y el Río Chico (3,41 kilómetros) y la superficie del propio afluente del Adaja (4,15 kilómetros).
Ambos ríos, a su paso por la ciudad, tienen un trazado muy urbano, principalmente el segundo, ya que muchas viviendas y edificaciones están construidas en terrenos considerados peligrosos por la Confederación Hidrográfica del Duero (en su página web tienen habilitado un visor para comprobar las zonas que tienen riesgo de inundación). Por tanto, en caso de una crecida importante de ambos ríos (algo no demasiado probable, eso sí), el desbordamiento podría alcanzar calles relativamente alejadas del cauce del Río Chico, incluyendo instalaciones deportivas como los campos de Sancti Spiritu o el propio estadio Adolfo Suárez (en el 2019, la CHD emitió un informe que indicaba que el estadio se encontraba en una 'zona de flujo permanente', razón por la cual no se podrían realizar obras nuevas, pero sí remodelar o modificar lo construido). Hace varias décadas, no era extraño que este pequeño afluente, que permanece seco gran parte del año, se desbordara y el agua inundara el terreno de las antiguas eras (alcanzando incluso los patios del colegio Juan de Yepes, ubicados por debajo del nivel de la calle). Además, debido a las crecidas del Río Adaja también era frecuente que el parque de El Soto apareciera totalmente anegado de agua, algo que ha sucedido en ocasiones más recientes.
Por fortuna, es bastante improbable que en Ávila ocurra una tragedia tan grande como la sucedida en Valencia. Sin embargo, sí hay zonas que podrían sufrir inundaciones por el desbordamiento de los dos ríos debido a que, en su momento, se construyó en lugares no recomendables. Esto ya no tiene demasiada solución, pero quizás sí convendría que se tomaran precauciones para evitar riesgos en las épocas de lluvias y de posibles DANAS que también podrían afectar a la ciudad. Visto lo que ha pasado, siempre es mejor prevenir antes que lamentar tragedias.
¿Qué se entiende por zona inundable y qué características tiene?
Según se recoge en el artículo 14.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), se consideran zonas inundables «aquellas delimitadas por los niveles teóricos que alcanzarían las aguas en las avenidas cuyo periodo estadístico de retorno sea de 500 años, atendiendo a estudios geomorfológicos, hidrológicos e hidráulicos, así como de avenidas de series históricas y documentos o evidencias históricas de las mismas, a menos que el Ministerio de Medio Ambiente, a propuesta del organismo de cuenca fije, en expediente concreto, la delimitación que en cada caso resulte más adecuada al comportamiento de la corriente». Por tanto, estos terrenos son delimitados por las instituciones (actualmente, el Ministerio para laTransición Ecológica) debido a desbordamientos o inundaciones reiteradas a lo largo del tiempo.
Es decir, que una superficie se anegue con frecuencia no quiere decir que sea una zona inundable, salvo que aparezca recogido específicamente en la documentación oficial (el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico es la referencia en este aspecto). Existe un rango legal y jurídico (una normativa, en definitiva) que se encarga de regular estos áreas y emitir publicaciones y recomendaciones en casos de dificultades.
En definitiva, las zonas inundables están totalmente reguladas (hay actualizaciones cada cierto tiempo por parte de cada Confederación Hidrográfica) y son públicas para todo el mundo.