Los movimientos institucionales en pro de la creación de empleo están de plena actualidad en estos días y en este sentido este viernes y tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia se daba el pistoletazo de salida a la convocatoria de ayudas por parte de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Ávila que ascenderá a 23.250 euros y que busca precisamente eso: crear empleo y afianzar la economía local. Se trata de subvenciones para empresas con el fin de que empleen a personas sin empleo que eso sí «hayan participado en alguna de las actuaciones del Programa Local de Apoyo al Empleo desarrolladas por la Cámara de Comercio de Ávila y el Ayuntamiento de Ávila». También se trata de apoyar el desarrollo de iniciativas de creación de proyectos empresariales llevados a cabo por personas sin empleo participantes en dichas actuaciones, es decir destinadas al autoempleo.
Esta acción se enmarca dentro del Programa Local de Apoyo al Empleo que cuenta con la institución cameral como socio así como el Ayuntamiento de Ávila y de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. Todos forman parte de un Programa Operativo bautizado como «Adaptabilidad y Empleo», que está cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE) y que contempla medidas y acciones urgentes destinadas a mejorar la empleabilidad y el objetivo de la inserción laboral. Para ello se aprobó esta convocatoria a la que ahora se da forma y que se dirige a cofinanciar proyectos para dinamizar el mercado de trabajo local, la empleabilidad de personas sin empleo y para mejorar las tasas de inserción laboral.
De cara a ser beneficiario hay que saber que las ayudas se articulan en dos líneas: por un lado contrataciones laborales destinadas a incentivar y fomentar la contratación de personas sin empleo; y por otro, las ayudas a emprendedores que fomenten el autoempleo.
Características de los contratos: la convocatoria recoge que el contrato tendrá carácter laboral en cualquiera de las modalidades que estime la empresa; que será a jornada completa de acuerdo con la legislación vigente y que durará al menos seis meses. Un periodo que debe finalizar como máximo el 15 de abril.
El contrato será formalizado por la entidad beneficiaria contratante quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación. La fecha de entrada en vigor del contrato deberá ser posterior a la fecha de publicación de las ayudas (a partir de hoy por tanto). Son subvencionables las nuevas contrataciones, por lo que no lo son contratos con personas que hubieran tenido alguna relación laboral con el solicitante o empresa vinculada en los seis meses anteriores al de la formalización del contrato presentado en el marco de la presente convocatoria de ayudas.
En el caso de los emprendedores y de la constitución de nueva empresa, ésta tendrá que estar legalmente constituida y se aceptan todas las formas jurídicas. En el caso del trabajador autónomo, deberá encontrarse dado de alta en el momento de solicitar la ayuda en el régimen especial de los trabajadores autónomos y en el IAE, no siendo este régimen compatible con otros Regímenes de la Seguridad Social. El mantenimiento del proyecto empresarial emprendedor será como mínimo de seis meses.