La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un hombre el cual fue condenado a una pena de nueve años de prisión al considerarle responsable de un delito de abuso sexual a una menor de 16 años a la que deberá indemnizar con 10.000 euros. El fallo también le prohibe acercarse a ella a menos de 500 metros durante catorce años y le inhabilita para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular con menores de edad durante dieciséis años.
Se da la circunstancia de que al condenado (de nombre Fabio y nacido en Ávila en 1983) y a la víctima, que tenía 15 años en el momento en el que sucedieron los hechos, les unía una relación de parentesco de tío y sobrina pese a que para entonces él ya no era la pareja sentimental de la tía de la muchacha. Así lo califica el tribunal, que considera como un hecho probado que «la menor era perfectamente conocida por el acusado desde que era una niña, dado que era sobrina de la expareja del acusado, con quien tenía y tiene un hijo menor en común, si bien la relación de pareja se encontraba rota cuando» ambos «quedaron el día de los hechos», a pesar de lo cual la relación era considerada por los dos «como de tío-sobrina, y era buena, afectiva y cordial».
La noche en la que ocurrieron los hechos, Fabio se desplazó en su vehículo hasta el centro de menores situado en Ávila en el que la muchacha residía «debido a una problemática familiar derivada de las conductas disruptivas que presentaba» la menor «y a la concurrencia de factores de riesgo», según figura en la sentencia. Una vez allí, tanto ella como dos compañeros subieron al coche de él, donde «estuvieron bebiendo cerveza que previamente había comprado el acusado», si bien cuando se hizo de noche los dos amigos de la chica se bajaron del vehículo, «quedando en su interior el acusado y la menor, esta última sentada en el asiento del copiloto», relata la Sala en los hechos probados. Fue entonces cuando el hombre condujo hasta un descampado, donde ambos «continuaron bebiendo cerveza y también fumaron 'porros'» hasta que «en un momento determinado el acusado se bajó el pantalón y los calzoncillos, exhibiendo su pene y, tras coger a la menor por la cabeza, comenzó a besarla al tiempo que cogía una mano de la menor y la colocaba en su pene, logrando que le masturbara hasta que eyaculó», prosigue el relato. Acto seguido, él masturbó a la muchacha «pese a que la menor le dijo varias veces que parase, deponiendo finalmente en su conducta, quien momentos después condujo su vehículo hasta la puerta del centro de menores, dejando allí a la menor». En esas instalaciones, la muchacha coincidió con la compañera que horas antes había estado también en el coche de Fabio, quien «apreció que no se encontraba bien» y a la que le dijo expresamente «me he liado con mi tío, qué asco».
Alrededor de seis meses después la chica salió del centro de menores y se fue a vivir con su madre primero, después con sus abuelos para acabar haciéndolo con su tía (expareja de Fabio) y el hijo de ésta y del condenado, «con quienes se encontraba muy bien», apunta la sentencia, según la cual la menor «siguió viendo de forma esporádica al acusado, sobre todo cuando éste acudía al domicilio materno para recoger o entregar al hijo que tenía» en común con su expareja. El día en el que el niño comentó ante la menor que «su padre, el acusado, le había pegado» motivó que ella «rememorara la ocurrido con el acusado dentro del vehículo de éste hacía más de un año».
Fue entonces cuando la menor contactó con él vía whatasapp, preguntándole si le importaba que contara lo que había ocurrido entre ellos. «Yo no puedo seguir con eso dentro, llevo casi dos años guardándolo como 'secreto' y me causa muchísimo daño», le dijo. Pese a que él le advirtió que iba a «buscarle la ruina» precisamente porque ella era menor de edad, la muchacha le explicó que ella no lo hizo porque quisiera, «sino porque iba fumada y borrracha, no iba en condiciones, por tanto te aprovechaste», le escribió.
Ese mismo día, continúa la sentencia, la menor se lo contó a su tía y a su madre, «ninguna de ellas le creyó ni le invitó a denunciar» los hechos, a pesar de lo cual al día siguiente la muchacha se presentó sola en la Comisaría de Policía Nacional de Ávila para denunciar a Fabio, que fue juzgado por la Audiencia Provincial de Ávila el 31 de enero de 2024.