CCOO critica cambios de criterio fiscal a antiguos mutualistas

J.M.M.
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Desde la Federación de Jubilados denuncian que la Agencia Tributaria ha detenido las devoluciones del IRPF a miles de mutualistas

La Federación de Pesionistas de CCOO de Ávila ha valorado de manera muy negativa la modificación del criterio por parte de la Agencia Tributaria que se determinó en relación con la fiscalidad de los antiguos mutualistas. 

Según explican desde CCOO, la Agencia Tributaria reconoció a comienzos del 2024 después de varias sentencias judiciales, el derecho de los pensionistas a minorar un porcentaje de su base imponible del IRPF, por las cotizaciones realizadas a las antiguas mutualidades entre los años 1967 y 1978 (un 25% de la pensión).

Para facilitar la devolución a los pensionistas, la Agencia Tributaria facilitó en el mes de marzo de 2024 un formulario donde solicitar la rectificación de las declaraciones del IRPF de los ejercicios 2019-2022. En dicho formulario se autorizaba a la Agencia Tributaria para la rectificación y con ello determinar el porcentaje a devolver.

No obstante, el pasado 21 de diciembre del 2024, el BOE publicó la Ley 7/2024 de carácter fiscal donde se establecen nuevos impuestos para multinacionales, productos del tabaco, etc., y en la Disposición Final Decimo Sexta, «de tapadillo» según denuncian desde esta federación de CCOO, se modifica lo relativo al importe a devolver a los mutualistas.

Desde CCOO denuncian que la Agencia Tributaria ha detenido las devoluciones del IRPF a miles de mutualistas, después de haber acordado realizarlo mediante un formulario que puso a disposición de los mismos en marzo de 2024 y que muchos otros mutualistas ya tienen reconocido y ahora establece un nuevo procedimiento con interrupción del cómputo de plazo para las personas que no han recibido la devolución, y que podrán reclamarlo año a año, entre 2025 y 2028.

Desde la Federación de Pensionistas de CCOO Ávila, valoran muy negativamente esta decisión que califican de «arbitraria y discriminatoria, pues no han contado con participación ni  consulta alguna y no lo han justificado ni la Agencia Tributaria ni el Gobierno Central». Y añaden que esta decisión genera «inseguridad jurídica, pues aplica con carácter retroactivo una norma fiscal desfavorable».