El Procurador del Común da la razón a los policías interinos

E.Carretero
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El Defensor del Pueblo autonómico remite a una sentencia del Tribunal Constitucional y pide a la Junta de Castilla y León que expida las tarjetas de identificación solicitadas por el Ayuntamiento de Candeleda para su plantilla policial

El Procurador del Común da la razón a los policías interinos - Foto: EUROPA PRESS

Ante la falta de respuesta por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y pese al respaldo del Ayuntamiento de Candeleda, los  agentes interinos afectados por esta situación no han dudado en recurrir al Procurador del Común que les ha dado la razón en sus pretensiones, instando a la Administración regional a emitir las tarjetas de identificación de los agentes de la Policía Local solicitadas por el Ayuntamiento de Candeleda para estos efectivos que prestan servicio para esta entidad local, con un contenido idéntico a las que se viene dispensando al resto de agentes con independencia de si éstos son de carrera o interinos.  Reconoce el defensor del pueblo autonómico que aunque las funciones que implican autoridad en el ámbito de la función pública local están específicamente reservadas a los funcionarios de carrera es práctica habitual-y necesaria- el nombramiento temporal de funcionarios interinos para hacer frente a necesidades puntuales de personal o para la sustitución de aquellos. 

Apunta así mismo el Procurador del Común que la Ley de Bases de Régimen Local emplea la expresión funcionarios de carrera como equivalente de funcionario público, recordando además que el nombramiento de policías locales interinos ha sido analizado a través de varios pronunciamientos judiciales, aunque con soluciones no coincidentes. En este caso el Procurador del Común atiende al pronunciamiento del Tribunal Constitucional, en la sentencia 106/2019, de 19 de septiembre, que deduce que los policías locales puedan ser nombrados como funcionarios interinos para realizar las funciones de ejercicio de autoridad que desempeñan funcionarios de carrera cuando ocurra algunos de los supuestos habilitantes para ello. 

Para el Procurador el argumento de la Junta de que la Policía Local estará «integrada exclusivamente por funcionarios de carrera, considerando a estos una categoría distinta a los interinos», ha sido «superado por la interpretación que da el TC, no encontrando «razón alguna para que la Junta no atienda la petición del Ayuntamiento de Candeleda».