La fiscalía rebaja a 14 meses la pena para la agente bancaria

M.E
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El Banco Santander se alinea con el fiscal, salvo en su responsabilidad civil, y las cuatro acusaciones particulares se reafirman, con algún matiz en las cantidades

La fiscalía rebaja a 14 meses la pena para la agente bancaria - Foto: David González

El juicio celebrado esta semana en la Audiencia Provincial de Ávila contra una ex agente colaboradora del Banesto en Pedro Bernardo como presunta autora de delitos de apropiación indebida, estafa y falsificación documental quedó visto para sentencia este viernes, una vez practicadas las pruebas testificales y periciales y expuestas las conclusiones definitivas de las partes, en este último caso con algunos cambios respecto a las provisionales. 

Fue el caso de la fiscalía, que rebajó su petición de pena de los 4 años que solicitó en su escrito de acusación a los 14 meses que pidió ayer, junto a la inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6 meses con una cuota diaria de 8 euros, sujeta a responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, además de la responsabilidad civil compartida con el Banco Santander, en este caso de forma «subsidiaria», por la función de «vigilancia y control» que tenía encomendada. 

El fiscal mantuvo la calificación de delito continuado de apropiación indebida, estimando como circunstancia atenuante muy cualificada las dilaciones indebidas, a la luz del retraso de un proceso cuya denuncia se remonta al 2011. En su informe de conclusiones explicó que la confesión de la acusada, reconociendo haberse llevado dinero de las personas que incluyó en una lista, «bastaría» para probar su culpabilidad, aunque también sumó las declaraciones de los empleados del banco y de los testigos, que hablaron de «una relación de confianza» con la agente, hasta el punto de que su manera de operar estaba «muy alejada de la seguridad bancaria», al aparecer reintegros y transferencias «sin autorización ni conocimiento» y «haciendo suyas las cantidades dispuestas. 

El fiscal excluyó de la lista de afectados a J.S.S., ex pareja de la acusada y una de las acusaciones particulares, al apuntar a la «excusa absolutoria por mantener una relación análoga a la conyugal» con S.S.S yno ver «elementos de prueba suficientes» para un perjuicio civil. A otro de los denunciantes, J.M.C.S., sí le consideró afectado, «pero ni mucho menos en la cuantía que reclama», dejando la cantidad a satisfacer en 4.502 euros y afeando «elementos absurdos» en la reclamación. A los otros dos denunciantes, J.M.B.G. y A.B.S., les mantuvo como perjudicados, pero también con cantidades inferiores a las reclamadas por ellos.

Cabe recordar que la cantidad sustraída que se ha detallado a lo largo del juicio podría superar los 570.000 euros, aunque una veintena de los supuestos afectados en este caso no reclaman porque el banco ya les reintegró el dinero y las cuatro supuestas víctimas pendientes reclaman indemnizaciones superiores a los 200.000 euros. 

La representación de J.S.S., por su parte, se reafirmó en la acusación y pidió una pena de seis años de prisión por un delito de apropiación indebida, aunque rebajó la indemnización a 45.650 euros. Buena parte de las conclusiones se centraron en negar que había una relación análoga al matrimonio entre la acusada y su ex pareja, al «no existir convivencia prolongada en el tiempo ni propósito de mantener ese tipo de relación», de ahí que no viera lugar para la exclusa absolutoria. Además, señaló que «ella manejaba las cuentas» y que él fue la víctima que «menos correspondencia del banco tenía», añadiendo que «el hecho de que no estuviera en la lista no significa que no se le hubiera detraído dinero». Sobre la tardanza en denunciar (4 años) alegó que «estaba en shock» y no «quería creer los rumores que había».

J.M.C.S. mantuvo la acusación  principal, retirando la de falsedad documental por no estar probado –en la pericial se dijo que había firmas falsificadas pero no se podía afirmar que fueran de S.S.S.–, y rebajó la cantidad a 50.919 euros. Con todo, habló de un «modus operandi basado en quitar el dinero a unos para pagar a otros» y de «un engaño claro amparado en la relación de confianza entre la agente y su cliente». 

La acusación de A.B.S., que ejerce los derechos de su padre ya fallecido, pidió 5 años de prisión por estafa y un 1 año y medio por falsificación documental, cifrando la cantidad distraída en 57.900 euros al «aprovecharse de su confianza». 

La acusación de J.M.B. consideró que su cliente «no se enteraba de  nada» y era «la víctima perfecta» para la acusada, a la que piden más de 62.000 euros y 8 años entre los delitos de apropiación indebida y falsedad documental. «No podía hacer transferencias de más de más de tres mil euros pero las hacía», afeó. 

El Banco Santander (absorbió a Banesto), en su condición de acusación y responsable subsidiario, se alineó en el primer punto con el fiscal en la petición de 14 meses de prisión, aunque añadiendo el delito de falsedad documental. En cuanto a su responsabilidad habló de casos «escandalosos», «mala fe» y de «juego de trileros» en las reclamaciones, porque en algunos casos «se reclaman todos los reintegros pero no lo que les ingresaron». Además, explicó que en su día el banco resarció a los afectados igual más de lo que debía «para cubrir el riesgo reputacional» y excluyó a J.M.B de la petición de condena en costas.

Llegó el turno de la defensa, que pidió la libre absolución de la acusada y citó como atenuantes la colaboración con el banco, la reparación del daño y las dilaciones indebidas. La abogada fue repasando punto por punto las cuatro acusaciones, señalando que, salvo la ex pareja de la acusada, «han podido subirse al carro» de las reclamaciones, aunque «no con mala fe». Además, señaló que para S.S.S. hubiera sido «más fácil» aceptar estas cantidades e insistió en que el sistema «no la dejaba» hacer ciertas operaciones, como las relativas a fondos de inversión. Sobre su relación con J.S.S. insistió en que eran una «pareja estable» y que él no pudo acreditar ninguna disposición de dinero por parte de la acusada. «Es la nada», concluyó.