El Cártel de los Camiones deja en Ávila 35 fallos con condena

E.Carretero
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De momento todas las sentencias dictadas por los tribunales abulenses dan la razón a los compradores y condenan a los fabricantes al pago de indemnizaciones por los daños

El Cártel de los Camiones deja en Ávila 35 fallos con condena

El pasado 25 de enero la Audiencia Provincial de Ávila desestimaba el recurso de apelación interpuesto por Renault Trucks SAS contra el fallo dictado el 23 de octubre de 2023 en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ávila que estimaba íntegramente la demanda presentada por cuatro abulenses contra el citado fabricante, condenando a la división de camiones de la marca del rombo al pago de 84.227 euros como responsable de una «infracción del derecho de la competencia» así como al pago de los intereses legales devengados. Una semana después la Audiencia Provincial se pronunciaba en el mismo sentido y desestimaba el recurso interpuesto por el Iveco SPA e Iveco España ratificando otro fallo de Primera Instancia que condenaba a este fabricante a pagar 53.905,84 euros como responsable de los «daños objeto de la reclamación» presentada por un comprador abulense. No es la primera vez que la Audiencia Provincial de Ávila se pronuncia con respecto al conocido como Cártel de los Camiones, caso que afecta a compradores de camiones, varios miles en toda Europa, que entre 1997 y 2011 fueron perjudicados por un sobrecoste aplicado en los precios de venta por parte de 15 fabricantes internacionales de vehículos pesados. 

En concreto, según la información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Audiencia Provincial de Ávila ha desestimado todas las alegaciones de los fabricantes contra fallos en primera instancia relacionados con el conocido como Cártel de los Camiones. Así, hasta el momento los tribunales abulenses han resuelto ya 35 demandas de este tipo, todas ellas dando la razón a los denunciantes, en este caso abulenses que en los años en cuestión compraron camiones de alguna de las marcas que durante el periodo en cuestión se pusieron de acuerdo para pactar precios y subidas, y dictando además indemnizaciones para los afectados por estas prácticas de «competencia ilegal». 

El Cártel de los Camiones, explican desde Consultores Técnicos, empresa dedicada a la elaboración de informes periciales para calcular el daño de cualquier tipo de cártel, afecta a «los compradores de camiones de igual o más de 6 tn de MMTA / PMTA, de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco, DAF y Scania que adquirieron sus vehículos pesados entre los años 1997 y 2011». Todos ellos, recuerdan desde Consultores Técnicos, «pueden reclamar una indemnización por el sobrecoste sufrido en la compra de los camiones, motivado por el acuerdo de los fabricantes para elevar los precios de los mismos». 

La Comisión Europea sancionó el 19 de julio de 2016 con 2.930 millones de euros a los fabricantes de camiones europeos MAN, Volvo-Renault, Iveco, Mercedes-Benz (Daimler) y DAF por pactar precios y repercutir en los compradores el coste de cumplir con la normativa de emisiones contaminantes. Todos ellos, a excepción de Scania, reconocieron su implicación en el caso, conocido como el cártel de camiones.

De hecho, las sentencias de la Audiencia Provincial de Ávila aluden a este pronunciamiento de la Comisión Europea en relación a esta infracción de la competencia consistente en un Cártel habido entre los años 1997 y 2011 en Europa, recordando que los cárteles «constituyen una modalidad de conductas anticompetitivas graves que pueden afectar a los precios» como así ocurrió en este caso. Así lo determinó la Unión Europea que confirmó, como recuerda la Audiencia Provincial para fundamentar su fallo, que una serie de empresas, que representaban aproximadamente el «90 por ciento de la cuota de mercado», participaron en «prácticas colusorias en materia de precios e incremento de precios brutos de los camiones medios y pesados y en relación con el calendario y la repercusión de los costes de introducción de las tecnologías de emisión exigidas por las normas Euro 3 a 6». 

acuerdo de precios. Dichas prácticas, apunta la Audiencia Provincial de Ávila, «abarcaron la totalidad del espacio económico europeo» y consistieron en «un intercambio de listas de precios brutos e información sobre precios brutos, así como programas de configuración de camiones». Es más, y así lo determinó en su día la Comisión Europea, los  fabricantes implicados en este cartel «discutieron y, en algunos casos, acordaron sus incrementos de precios brutos de camiones» y estuvieron durante catorce años «intercambiando información y manipulando mediante acuerdos los precios brutos en el espacio económico europeo». Es decir, pactaron «un sistema de comercialización ajeno al libre funcionamiento del mercado y con potencialidad suficiente para condicionar los precios que se irían aplicando a los adquirientes en las fases sucesivas de comercialización de los bienes afectados por la manipulación» y todo con el único objetivo de «distorsionar o falsear el proceso de fijación independiente de los precios y la evolución normal de los precios de los camiones en el espacio económico europeo» lo que implica una infracción al derecho de la competencia.