Tras dos jornadas, este jueves quedó visto para sentencia en la Audiencia Provincial de Ávila el juicio que se sigue contra un varón que el 31 de enero de 2021 agredió a su pareja con un machete a raíz de sufrir un brote psicótico, y tras haber dejado días atrás de tomar la medicación pautada para compensar la esquizofrenia que desde hace años tiene diagnosticada. Fruto de esta agresión la víctima sufrió múltiples heridas y lesiones de pronóstico grave que pudieron causarle incluso la muerte teniendo en cuenta que los golpes se centraron fundamentalmente en la cabeza.
Por estos hechos, que ocurrieron en la vivienda que la pareja compartía en la localidad abulense de Casillas, el fiscal pedía inicialmente una pena de prisión de diez años por entender que el procesado es autor de un delito de asesinato en grado de tentativa. Sin embargo, este jueves la Fiscalía rebajó su pena de privación de libertad a siete años y seis meses al no contemplar la agravante específica de ensañamiento. «Nos encontramos ante un delito de asesinato, hay una alevosía clarísima», argumentó el fiscal durante este juicio que sin embargo apuntó que en este caso no se puede hablar de ensañamiento porque «es una circunstancia que implica el propósito del autor no ya solo de causar la muerte, sino de, además de causar la muerte, aumentar el dolor de la víctima», algo que para Francisco Javier Rojo no concurre en este caso teniendo en cuenta que la situación en la que se encontraba el procesado. «Es casi imposible que una persona en las condiciones mentales en que se encontraba el acusado pudiera deliberar y considerar ni siquiera la posibilidad de aumentar el dolor de la víctima: lo que fue directamente es a matar, y es lo que hizo», apuntó el fiscal sobre estos hechos en los que tampoco se puede hablar de desistimiento teniendo en cuenta que la víctima salvó su vida por una cuestión de «suerte» y gracias a que logró huir de la vivienda.
El fiscal, que entiende que a efectos de cómputo de la pena de privación de libertad cuente también el internamiento en un centro psiquiátrico, pide además que el acusado indemnice a la víctima con 10.000 euros por las lesiones y con 40.000 por las secuelas.
Ni para el fiscal ni para el resto de las partes la autoría ofrece dudas en este caso, coincidiendo además con la acusación particular, que pide doce años de cárcel para el acusado, en que estos hechos constituyen un delito de asesinato en grado de tentativa, algo en lo que discrepa la defensa que entiende que se trata de un delito de homicidio en grado de tentativa porque en estos hechos «no hubo dolo» al no ser consciente el acusado debido al brote psicótico que sufrió «de las consecuencias de esta agresión».
Así las cosas, y «al concurrir la eximente completa de responsabilidad criminal», para la defensa procede dictar sentencia absolutoria y aplicar, por contra, medida de internamiento en centro psiquiátrico durante al menos tres años así como a imponer al acusado una medida de seguridad con una duración del límite máximo de la pena a imponer.
Mayor es la pena que pide la acusación particular, en este caso de doce años de privación de libertad para el acusado al que considera autor de un delito de asesinato en grado de tentativa en el que concurren además las agravantes de parentesco, que también tiene en cuenta en su petición el fiscal, habida cuenta de que agresor y víctima eran pareja, pero también la de «violencia de género» por entender que detrás de esta agresión también hay un intento de mostrar superioridad sobre su pareja.
Durante esta segunda jornada de juicio también declararon miembros del equipo forense que atendieron a la víctima tras la agresión y que confirmaron la gravedad de las heridas de la mujer que requirió de ingreso hospitalario y que tenía «al menos seis lesiones en la cabeza» causadas por los golpes que su pareja le propinó con un machete de 800 gramos. Las lesiones, aseguraron las forenses, eran «susceptibles de causar la muerte» y de hecho a raíz de la agresión la víctima sufre secuelas como anosmia (falta de gusto y olfato) provocada por la lesión causada en el lóbulo pariental y «vértigo postraumático con sensación de inestabilidad a raíz de un traumatismo craneoencefálico».
necesidad de tratamiento. «Es necesario que mantenga una adherencia al tratamiento», aseguraron los psiquiatras que han atendido al acusado que dejó durante «cuatro o cinco días» de tomar las pastillas que tiene pautadas para tratar la esquizofrenia y que a raíz de esto sufrió una «descompensación» de esta «enfermedad mental grave». Esto hizo que el procesado sufriera un brote psicótico con «ideas persecutorias y alucinaciones auditivas» que de «forma imperativa le hacían ver que tenía que matar o bien matarse él».
Los psiquiatras reconocieron que, como le ocurre a la mayor parte de las personas con esquizofrenia, no era la primera vez que el acusado dejaba el tratamiento por creer encontrarse «bien» o por los «efectos secundarios» que provoca entre ellos disfunción sexual, que fue lo que en su declaración apuntó el procesado. Aseguraron los peritos además que el varón ya sabía qué cuando no hay adherencia al tratamiento hay una descompensación mental «con predominio de la actividad alucinativa y delirante».
«Su actividad congnitiva estaba muy afectada», reconocieron los forenses al hablar del «cuadro agudo de descompensación» que sufrió el acusado quien a pesar de saber que estaba agrediendo a una persona «no tenía consciencia de las consecuencias» de esta agresión.
También habló de «una alteración muy severa de sus facultades cognitivas, que anula el sentido de realidad» el psiquiatra que atiende al acusado en el centro penitenciario psiquiátrico de Sevilla a donde el varón llegó tras un intento de suicidio frustrado en la cárcel de Segovia y donde se encuentra actualmente en prisión preventiva.