A poco más de tres meses de la entrada en vigor en Ávila de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), cuya ordenanza fue aprobada en sede municipal a finales de mayo y que viene impuesta por ley para los municipios de más de 50.000 habitantes, su implantación es todo un reto para el Ayuntamiento de la ciudad, así como «una oportunidad» para introducir medidas de mitigación que permitan reducir emisiones derivadas de la movilidad. Los titulares de los casi 28.000 vehículos que disponen del distintivo ambiental 0, ECO, C y B tendrán libre acceso a la zona de bajas emisiones ya delimitada, y que comprende el recinto intramuros, la calle San Segundo y los entornos del atrio de San Isidro, Mercado Grande, plaza de Italia y plaza de San Vicente, pero los que utilizan los casi 16.000 vehículos de diesel y gasolina (turismos y motocicletas) que están registrados en la ciudad y que por su antigüedad no pueden obtener estas etiquetas también podrán acceder al núcleo central del casco histórico en determinadas situaciones si cumplen unos requisitos. Y es que la normativa relativa a la ZBE de Ávila, que fue publicada al inicio del verano en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), contempla una veintena de supuestos que darán acceso a la ZBE, en unos casos sin necesidad de autorización municipal y en otros –la mayoría– con el correspondiente permiso de la Policía Local. Para ello se habilitará un sistema de gestión de autorizaciones especiales para los vehículos más contaminantes.
Como norma general los vehículos sin distintivo ambiental podrán acceder al recinto amurallado en horario nocturno, esto es, entre las 20 horas y las 7 horas del día siguiente. En horario diurno (entre las 7 y las 23 horas) también podrán acceder si acuden al estacionamiento de pago de la plaza de Santa Teresa y siempre que no transcurra un tiempo máximo de 15 minutos entre la captación de la matrícula en el punto que se ubicará en la calle San Segundo y hasta la entrada en el parking.
Además, los vehículos sin distintivo ambiental también podrán entrar a la ZBE en casi una veintena de supuestos, previa petición de autorización municipal y tras acreditar la documentación correspondiente. Aquí se distinguen tres modalidades, acceso libre, libre con restricciones y ocasional.
En el acceso libre se incluyen los vehículos declarados como 'históricos' por la DGT, con antigüedad superior a 30 años, los empadronados en viviendas ubicadas dentro de la Zona de Bajas Emisiones y los usuarios de garajes dentro de la ZBE, y todos ellos deberán aportar la documentación acreditativa, siempre que sean los titulares o usuarios de los vehículos autorizados. También tendrán acceso libre los servicios de emergencias , lo que incluye servicios sanitarios, bomberos, Policía, Protección Civil, Fuerzas Armadas y servicios funerarios, así como los de seguridad, los servicios públicos municipales y las empresas concesionarias de servicios públicos.
Los propietarios de negocios que se ubiquen en la ZBE también podrán acceder en cualquier horario. Los interesados deberán ser los titulares de la licencia de actividad del establecimiento para el que se solicita el acceso, con un máximo de dos vehículos por local.
Los vehículos de los proveedores de los establecimientos comerciales situados en el interior de la ZBE que no tengan limitado el acceso podrán entrar para realizar labores de carga y descarga, en los horarios y zonas establecidos para ello. También tendrán acceso libre con restricciones los vehículos declarados como auto taxi o VTC, siempre que se encuentren de servicio y lleven encendido el indicador de tarifa; los vehículos de empresas de reparto a domicilio (en este caso en cualquier horario); los vehículos de autoescuelas (siempre que exista necesidad justificada y previo informe de los técnicos competentes) y los vehículos de mudanzas, así como vehículos grúa para el remolque de vehículos y vehículos taller y auxilio en la vía pública y los vehículos de transporte de dinero y valores.
También se dará acceso libre con restricciones a los vehículos utilizados para el traslado de los menores escolarizados en los centros educativos existentes en la ZBE (Colegio Diocesano, Santísimo Rosario y San Esteban), que podrán acceder los días lectivos en los horarios de entrada y salida de los alumnos al centro educativo, con un máximo de dos vehículos por menor o familia, en el caso de varios menores de la misma unidad familiar.
Como acceso ocasional quedan otros cuatro supuestos, los de los vehículos de traslado de personas con movilidad reducida o personas que acudan a tratamientos médicos dentro de la ZBE (en este caso solicitando autorización previa), empresas de construcción (que realicen trabajos en edificios dentro de la ZBE), vehículos necesarios para la realización de actos en vía pública y ocupaciones (con autorización y memoria del acto) y vehículos de clientes de establecimientos hoteleros. En este último caso podrán acceder en cualquier horario a efectos de carga o descarga de equipajes, así como para entrar o salir de los garajes de los establecimientos. En la norma se especifica que la autorización deberá ser tramitada por los responsables de los establecimientos, indicando la matrícula y el número de reserva.
25 accesos al año. Los vehículos sin distintivo ambiental inscritos en el registro municipal que no se encuentren en ninguno de estos supuestos anteriores también van a tener posibilidad de acceder a la ZBE aunque de forma limitada: dispondrán de hasta 25 accesos al año, eso sí, previa comunicación.
Eso sí, en la normativa se especifica que con carácter excepcional, cuando se acceda a la ZBE por un motivo de carácter urgente y no sea posible la solicitud de la autorización previa, ésta debe solicitarse el mismo día o en los dos días siguientes al día en que haya tenido lugar el acceso.